• 18 abril, 2024

SoloChaco

Portal de noticias de la Provincia del Chaco

Extenderían hasta el 15 de julio las medidas sanitarias

Jul 6, 2021

El gobierno provincial analiza extender hasta el 15 de julio las medidas sanitarias dispuestas en el decreto provincial N° 1356 en el marco de la situación epidemiológica.  El decreto esta vigente desde el 22 de junio y hasta este 5 de julio, por este motivo la intención es extenderlo hasta el 15 de julio y recién desde allí que comiencen a regir las nuevas flexibilizaciones junto a la obligatoriedad del Pasaporte Chaco, según afirmó la Agencia Foco.  Las medidas fueron tomadas con el objetivo de disminuir el avance de casos de Covid-19 y, junto al decreto de restricciones, funcionarán los de licencia para administración pública y licencia invernal para Educación, con la finalidad de disminuir la circulación.  

LAS MEDIDAS QUE SIGUEN VIGENTES 

Reuniones – Eventos: Habilitados en espacios al aire libre (hasta 50 personas) y en espacios cerrados (hasta 10 personas) por el plazo máximo de 2 horas de duración.  Casinos – Cines: habilitado con reducción de aforo al 50% de la superficie disponible hasta las 22 hs. Parques, Plazas, Espacios públicos: Se habilita el uso de espacios. No se encuentra permitido el desarrollo de eventos que generen y/o pudieran implicar concurrencia masiva o aglomeramiento de personas. Restricción de circulación: entre las 22 horas y las 06 de cada día, exceptuándose trabajadores esenciales, actividades habilitadas o en casos de emergencia.  Alarma Sanitaria: A partir de las 21 horas. Pasaporte Chaco: comprenderá el permiso para circular con autotest y la identificación del sujeto como persona con protección inmunitaria, ya sea por vacunación (con fecha de más de 30 días de inoculación de primera dosis) o por haber sido paciente activo en los últimos 4 meses. Los locales con actividades habilitadas, deberán verificar que la persona que requiera sus servicios cuenten con Pasaporte Chaco.   Constancia de hisopado negativo o certificado de vacunación de al menos catorce (14) días previos de inoculación para el ingreso y/o egreso de la Provincia.

Actividades comerciales, industriales, profesionales y de servicios en general: habilitadas en el horario de 8:00 a 21:00hs con reducción de aforo al 50% de la superficie disponible de cada espacio. Shopping y centros comerciales: Los locales de venta que funcionen en centros comerciales y shopping podrán funcionar en los horarios y con el aforo previsto en el párrafo precedente. Gastronomía, Restaurantes, Bares: Habilitados para atención en espacios al aire libre y cerrados con reducción de aforo al 50% entre las 8 a las 22 hs.  A partir de las 22 hs y hasta las 24 hs se encuentra habilitada la comercialización a través de la modalidad de entrega domicilio (delivery). Gimnasios – Clubes – Actividades Físicas y Deportivas: Se ratifican las habilitaciones del Decreto N° 1242/2021. Transporte: Se habilita el uso del 100% de capacidad de asientos de las unidades (no se permiten pasajeros parados) – Los pasajeros deberán contar obligatoriamente con pasaporte Covid.Iglesias – Cultos – Celebraciones religiosas: Habilitadas con reducción de aforo al 50% de la superficie disponible. En ningún podrá exceder de 100 personas. Peloteros – Salones Infantiles: se habilita con aforo del 50% para eventos que no superen las 2 horas de duración.  Administración Pública Provincial: con bimodalidad -teletrabajo /trabajo remoto y presencial que no supere el 50% del total de cada área, oficina o repartición. Actividad Legislativa y Judicial: se invita a adherir o generar la atención vía remota y por audiencias virtuales.