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Insólita tasa para pasajeros de micros de larga distancia

Oct 2, 2023

A contramano del congelamiento de los boletos de los colectivos urbanos y trenes del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) dispuesto a partir del 1° de setiembre, el Ministerio de Transporte que conduce Diego Giuliano autorizó el cobro de una tasa adicional al seguro de transporte vigente que deben abonar los pasajeros de las líneas de ómnibus de larga distancia y que implica una caja nueva de $7.500 millones anuales para las compañías aseguradoras.

El nuevo recargo tarifario, que las autoridades definen como una “ampliación del seguro obligatorio de viaje”, estaba listo para salir a rodar los últimos días de abril, pero los cuestionamientos legales y las dudas que generó en el sector lo pospusieron. Recién tuvo luz verde oficial a principios de este mes en medio de una situación económica compleja, la disparada generalizada de los precios y los interrogantes políticos que plantean las elecciones de octubre.

La nueva tasa complementaria del seguro de transporte implica la incorporación de monto fijo inicial de $250 que las compañías de ómnibus de larga distancia deben añadir al precio de cada pasaje que emitan, sin tomar en cuenta las distancias que recorran los pasajeros.

Tal como lo anticipó Letra P, el andamiaje normativo que dio paso al cobro compulsivo del nuevo seguro surgió de las resoluciones 684/2022 de la cartera de Transporte y 4/2023 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, a cargo de Mirta Adriana Guida, la exgerente general de Provincia Seguros de Vida.

Según esas normas, las transportistas tienen que facturar y recaudar la tasa para luego transferirla a una cuenta fiduciaria que administran la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT)—que conduce el platense José Arteaga—y las compañías de seguros que operan con las empresas del sector.

La “letra chica” de las resoluciones establece que se trata de una “ampliación del seguro de responsabilidad civil de personas transportadas, a fin de que cubra específicamente los riesgos de muerte e incapacidad por accidentes en los servicios de transporte automotor de pasajeros de larga distancia por una suma inicial de hasta $ 7.000.000 por persona”.

Negocio para las aseguradoras

Mientras el Gobierno busca mejorarles los ingresos a las compañías aseguradoras que – según argumentan – vienen operando con números negativos y postergando los pagos de siniestros e indemnizaciones más allá de lo razonable; las empresas de ómnibus señalan que las principales beneficiarias de la medida serían Protección, Rivadavia, Garantía y Argos, las cuatro mutuales de seguros que concentran las pólizas de viajes de larga distancia.

Las compañías de micros advierten, además, que el cobro del recargo tarifario a los 30 millones de pasajeros que utilizan anualmente los servicios de larga distancia les reportará a las aseguradoras un ingreso adicional de $ 7.500 millones; casi tres veces más de lo que ya recaudan las empresas interurbanas por los seguros obligatorios de responsabilidad civil que tienen que pagar por cada vehículo en actividad.

Las líneas que integran el grupo empresarial Derudder, entre ellas Flecha Bus, Vosa, La Veloz del Norte, Tata Rápido, San José, Costera Criolla, Zenit y Chevallier, fueron las primeras en aplicar el adicional tarifario. Lo hacen con un aviso en la web que indica que incluyen una tasa fija de $250 correspondiente a la ampliación del Seguro Obligatorio que “se suma al importe del pasaje y se cobra por cuenta y orden de las mutuales de seguro vinculadas al transporte de pasajeros”. También aclaran que periódicamente esa suma “se irá actualizando según lo establezca el organismo regulador”.

Objeciones y reclamos

Otro bloque de líneas interurbanas optó por frenar la facturación del recargo a la espera de que las autoridades de Transporte respondan las objeciones administrativas y pedidos de aclaraciones que elevaron sobre los fundamentos legales y las variables económicas y técnicas utilizadas para avalar la medida.

Este grupo evalúa solicitar la suspensión judicial de la medida sobre la base de que se trata una carga obligatoria de tipo impositiva cuya imposición no está dentro de las facultades del área de Transporte, ni de la Superintendencia del Seguro y que solo puede ser aprobada por ley. Cuestionan también que, pese a representa un “seguro personal”, el pago resulta obligatorio y por una suma que fijan unilateralmente las aseguradoras sin ninguna clase de justificación técnica.

Según un análisis jurídico que circulan entre las empresas de larga distancia, al estar incluido en el costo del pasaje, las personas usuarias no pueden negarse a abonar el nuevo seguro. “Esta situación resulta contraria a la ley de defensa del consumidor 24240 porque se trata de un seguro impuesto a los usuarios que no pueden elegir libremente a que empresa contratar y que, además, aumenta el precio del boleto, lo cual afecta los intereses económicos de los pasajeros que se encuentran protegidos por el artículo 42 de la Constitución Nacional”, advirtió el informe.

Fuente: letrap.com.ar