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Proyecto para que organismos públicos dejen de solicitar partida de nacimiento ACTUALIZADA

May 19, 2022

El bloque de la UCR presento el Proyecto de Ley Nº 1474/2022 que surgió de una inquietud muy común entre los ciudadanos chaqueños, a los cuales se les exige para todo trámite que realizan una “copia actualizada” de partidas de nacimiento y en su caso de defunción.

En este sentido Livio Gutierrez señaló “ello implica para los chaqueños pérdidas de tiempo en concurrir al Registro Civil y dinero para la compra de estampillas, las que por lo general no se venden en el mismo Registro. Ni hablar cuando las personas nacieron en otras provincias, conseguir una copia actualizadas puede convertirse en una odisea , algunos funcionarios creen que se nace o muere más de una vez evidentemente , un ciudadano que saca un acta le tiene que servir para siempre con sus copias ”.

En sus fundamentos reza que salvo casos excepcionales como reconocimiento tardío de apellidos paterno/materno, adopciones, cambios de género, entre otros los datos consignados en las actas de nacimiento no cambian a lo largo del tiempo, “y esos casos son los únicos que deberían justificar un pedido de actualización, algo sobre lo cual el Artículo 1° del proyecto hace una salvedad. Ni hablar en algunos lugares sucede lo mismo con las partidas de defunción” indicó el legislador.

“Aún más incomprensible resulta la exigencia en épocas en que todo está conectado y digitalizado. La mera exhibición del documento de identidad, mientras no esté vencido, basta al funcionario público para constatar los datos, y en caso de duda, siempre es posible su verificación a través de canales oficiales. Tales exigencias parecen, en primera instancia, tener más una intencionalidad recaudatoria, porque cada copia recauda a través de la compra de sellos, que una función práctica , hablan todo el dia de sostenibilidad pero les fascina gastar papel ” .-

La partida actualizada debe ser una excepción y no una regla , hay que digitalizar, entender que la gente no puede pasar dias enteros en los registros civiles , por un acta que es la misma decenas de años , Finalizó Gutierrez .

Por lo tanto, su artículo primero declara » Los organismos, entes autárquicos y organismos descentralizados de la Provincia, dependientes del Poder Ejecutivo, no podrán exigir a los ciudadanos copias actualizadas de partidas o actas de nacimiento o defunción. Para todo trámite será suficiente la exhibición o presentación de partidas o actas originales o copias debidamente selladas y certificadas por autoridad competente o, en su caso, copias certificadas ante escribano público, sin importar la fecha de emisión de las mismas, en tanto los datos consignados en las mismas coincidan con los denunciados por los interesados y con la información que figure en su documento de identidad.